18/2/18

Cooperativa “La Agrícola Israelita” o “Verein” (Basavilbaso F. C. E. R.)

Por Ricardo César Bazán*

David M. Merener cita que: “La Colonización Judía -obra del filántropo Barón Mauricio de Hirsch, con la empresa constituida al efecto, la “Jewish Colonization Association”- se ha iniciado a fines del siglo anterior con el asentamiento de productores de origen judío emigrados de Rusia, Polonia, Rumania, etc., logrando colonizar en el país una extensión de 617.468 hectáreas, de cuyo total, 231.334 hectáreas han sido colonizadas en Entre Ríos.”
Dice Leoncio Gianello en su libro Historia de Entre Ríos (1520-1910) que: “En agosto de 1900 se fundó en Lucienville, departamento Uruguay, la primera cooperativa agrícola, dándose origen al extraordinario movimiento cooperativo que tiene en nuestra provincia magnífica expresión, colocándola a la vanguardia del cooperativismo en la Argentina”.
Cuenta el compendio de 1921 “Las Cooperativas de la Provincia de Entre Ríos”que “El día 12 de Agosto de 1900 en la casa particular del señor M. Embon ubicada en la Aldea Nº 1 de Basavilbaso se fundó la cooperativa”.
Fueron sus fundadores: M. Embon, E. Zetner, M.Friedlander, M. A. Blejer, G. Kopp, Adolfo Finvardl, Z. Fridman, M. A. Freiberg, A. Braslavsky, M. Hurvitz, M. Singer, Schae Sereloff, S. Fdeidemberg, Aron Visacovsky y M. Kossoy.
Su acta de fundación reza lo siguiente: “Acta de la Asamblea General de fecha 12 de Agosto de 1900- “Con el objeto de formar una Sociedad Cooperativa se han reunido en la Colonia Novoberg Nº 1 (hoy Lucienville) en la casa del señor Moroje Embon los colonos del Nº 1 y 2 de las colonias de I.C.A. señores E. Zetner, M. Fridlander, M. A. Blejer, Y. Ropp, A. Finvarb, Z. Fridman, M.A. Freiberg, A.R. Braslavsky, E. Embon, H. Huruvitz, F. Seretrize, Schae Huruvitz, M. Singer, Schae Seveloff, S. Freidemberg, A. Visacovsky, M.Kosay, N. Numirovsky”.
Por indicación varios miembros de la asamblea son designados los señores N. Numirovsky como presidente y A. Braslavsky como secretario para dirigir las discusiones de la asamblea que tenía por objeto discutir y aprobar los estatutos elaborados. Los señores Numirovsky y Braslavsky ocupan la mesa directiva y se pasa a la discusión de los estatutos los cuales han sido aprobados.
Acto seguido se procede a la elección de las autoridades que resultan las siguientes: “Presidente, M. Fridlander; Vice Presidente, E. Zentner; Secretario, A. Braslavsky; Pro Secretario, M. Kosay; Cajero, S. Freidemberg; Vocales: M. Singer, M. A. Blejer; Sindico, N. Numirosvky”.
El origen de sus fundadores fueron vecinos residentes en la Aldea Nº 1 y 2 de la colonia Lucienville en Basavilbaso, centro principal de la colonización israelita de la “Jewish Colonization”. El radio de acción de la cooperativa abarcaba aproximadamente ocho leguas a la redonda y su zona de influencia alcanzaba a las estaciones ferroviarias Basavilbaso, Líbaros, Gilbert y Escriña. Los cultivos que fomenta son los de tártago o ricino, debido a la escasez del aceite de ricino indispensable para lubricar los motores de aeroplanos y dada las excelentes condiciones naturales de las colonias de la Jewis para el cultivo.
El perfeccionamiento del cultivo cerealero no se descuida y es así que año por año se canjea o compra semilla selecta que se reparte entre los asociados. Mereciendo por parte de la cooperativa una atención especial la avena y la cebada.
El girasol era utilizado por los colonos como alimento una vez tostado y aún crudo, se empleaba también para las aves domésticas que lo comían avidamente.

Los beneficios de la cooperación
Los beneficios que recibían los socios era en la maquinaria con una bonificación en su favor de un 22%, incluso el descuento del 5% por pagos hechos al contado, es decir, un beneficio del 27% del total.
Edificio histórico de la Cooperativa
Las bolsas, hilo y varios artículos de corralón los recibían al precio de costo, según el año, con un recargo establecido en el estatuto de un 3% mas flete.
Dice el compendio de 1921 que “en cuanto a los consumos de primera necesidad, es según los balances desde su fundación a la fecha del 6% sobre los precios. Este beneficio se liquida no sobre las acciones sino en proporción al consumo hecho por cada uno.”
Esta sección consumos se fundo recién en 1919.
En cuanto a los socios propietarios y arrendatarios, del total de los socios un 15 % eran propietarios y el resto tenía una promesa de venta de la Jewish Colonizatión de manera que podían considerarse como propietarios por hallarse definitivamente afincados.
Continua diciendo el compendio antes mencionado que las secciones que comprendían la cooperativa eran las siguientes: “’Ramos generales’ para la recolección de la cosecha, que el año ppdo. tuvo un monto de 50.000 pesos m/n. ‘Almacén y consumos’, iniciado el año pasado ha tenido un movimiento de 40.000 pesos m/n. ‘Arrendamientos de campos’, para hijos de colonos socios y para aquellos que no tienen tierra donde trabajar. A esta sección se le adjudicado la suma de 6.000 pesos anuales. ‘Sección de arbitrages’; de carácter más bien moral. Entiende en todo asunto o cuestión suscitada entre los socios o vecinos de la gran colonia ‘Lucienville’. La misión tutelar que desempeña ha venido más de una vez a resolver cuestiones serias evitando así los tramites interminables y enojosos de la justicia. ‘Sección cereales’, que compra y vende por cuenta exclusiva de los socios. Las compras se hacen puramente para semilla a efecto de mejorar los cultivos. Las ventas se hacen previa entrega de los cereales a la cooperativa que los enagena en las condiciones más ventajosas posibles. Esta sección tiene un movimiento anual de 200.000 pesos m/n”.
Todas estas secciones se fueron fundando paulatinamente a medida que las necesidades de los socios lo exigían.
El compendio consultado cuenta la historia de los estatutos. Dice que: “los primeros estatutos que se dieron los socios establecían como condición especial el aporte en ‘caja de ahorros’ la suma de diez pesos m/n, hasta cubrir el total de cincuenta pesos m/n; en cuyo momento terminaba su aporte”.
Notada la falta de un capital social con el cuál pudiera  la sociedad afrontar todos sus gastos y hacer operaciones necesarias en ayuda de sus miembros resolvió reformar los estatutos de manera que llenara las necesidades de los mismos. Las reformas tuvieron lugar en el año 1916.
Continúa diciendo el compendio de 1921. “Primeros estatutos. Damos a continuación una copia de este reglamento que constituye la piedra angular del cooperativismo agrario en Entre Ríos.

“Acta de aprobación de los Estatutos de la Sociedad Agrícola Israelita.
 “El día 20 de Agosto del año 1906 los colonos de la Jewish Colonizatión Associatión, reunidos en la Asamblea en el pueblo de Basavilbaso, Colonia Lucienville, Departamento Uruguay, ractifican en todo su conjunto el acta de fundación de la Sociedad  Agrícola Israelita y aprueban de común acuerdo los Estatutos que a continuación se detallan:
“Nombre - Domicilio-Fines y denominación de la Sociedad
“Art. 1º.-Se dará a la sociedad el nombre de ‘Sociedad Agrícola Israelita’.
“Art. 2º.- Su domicilio legal será en el pueblo Basavilbaso, Departamento Uruguay, Entre Ríos.
“Art. 3º.- Los fines que perseguirá la Sociedad Agrícola Israelita, serán:
“a) Adquirir conocimientos agrícolas mediante ensayos de diferentes cultivos y una vez obtenida la seguridad de las ventajas que aportarían el cultivo de tal o cuál planta, la Comisión Directiva se encargará de difundir esos conocimientos entre los colonos que fueran o no miembros.
“b) Arbitrar medios para la formación de una caja de ahorros y préstamos.
“c) Comprar toda clase de artículos juzgados necesarios por la Comisión Directiva y de proporcionarlos a sus miembros a precios ventajosos.
“Art. 4º.- El termino para la duración de la sociedad no tendrá limite, podrá ésta Sociedad tener una existencia asegurada, si por lo menos el diez por ciento de sus miembros así lo exigiesen.
“En su art. 5º dice que los miembros podían ser honorarios, activos y protectores, el art. 6º decía que son miembros activos solamente los colonos y todos los que están al servicio de la “Jewish Colonizatión Associatión”, y su art. 7º agregaba que “Aquellos que no reúnan esas condiciones pero que por actuación de la Sociedad pueden traer alguna utilidad para sus miembros, sobre todo en cuestiones agrícolas se les podrá aceptar como miembros protectores”.
Su art. 17 º especifica que “La sociedad será administrada por una Comisión Directiva, compuesta de un Presidente, un Vice, un Secretario, un Segundo Secretario, Tesorero y dos vocales”.
Continua diciendo el compendio: “Los nuevos Estatutos. Como dijimos antes este reglamento fue modificado en la forma siguiente:
“Constitución - Domicilio y Objeto
“Art. 1º .-Bajo la denominación de “Sociedad Agrícola Israelita”se constituye una Sociedad Agrícola Cooperativa limitada que será regida por las disposiciones de los presentes Estatutos y por los del Código de Comercio en todo aquello que no hubiera sido previsto en los mismos.
“Art. 2º.- El domicilio legal será en la Estación Basvilbaso, Colonia Lucienville, Departamento de Uruguay, Provincia de Entre Ríos.
“Art. 3º.-La duración de la Sociedad queda fijada en 30 años a contar de la fecha en que el S. Gobierno de la Provincia aprobará los presentes Estatutos pudiendo prorrogarse este plazo por determinación de una Asamblea General y de acuerdo en las formalidades de la ley.
“Art. 4º.-La Sociedad tiene por objeto:
“a) Facilitar las operaciones a créditos a los Socios.
“b) Adquirir para los socios instrumentos agrícolas, maquinarias, bolsas e hilos y otros artículos relacionados con la industria agropecuaria.
“c) Adquirir harina como artículos de consumo y venderlos únicamente al contado.
“d) Recibir en los depósitos de la Sociedad e intervenir en facilitar la venta de cereales y demás productos agrícolas de los socios.
“e) Recibir depósito en Caja de Ahorros.
“f) Procurar para los beneficios de la Sociedad el apoyo de las reparticiones de Estado, Ferrocarriles, Bancos y otros institutos que directa o indirectamente pueden propender a la más fácil y eficaz realización de los fines de la Sociedad.
“g) Relacionarse y solidarizarse con otros institutos similares.
“h) La Sociedad no podrá ocuparse con asuntos que no lleven el carácter financiero o comercial.
“Art. 5º.- Sección Seguros:
2a) La Sociedad cuando crea conveniente puede organizar una caja de Seguros contra el granizo o incendio de las parvas.
“b) El fondo de Seguros estará formado exclusivamente de la acumulación de las primas.
“c) La Sociedad no responde con su capital Social por los daños y siniestro.
“d) Dichos fondos deben depositarse en un Banco a nombre de la “Sociedad Agrícola Israelita”con el fin exclusivo de indemnizar a los siniestrados.
“e) La Sociedad cobra una comisión de 3% sobre la suma asegurada cada año.
“De las utilidades en su art. 29 establecía lo siguiente: “El neto de las ganancias líquidas del ejercicio anual presentado a la Asamblea General se adjudicará en forma siguiente:
“a) El 40% para los socios accionistas.
“b) El 40% para fondo de reserva.
“c) El 20% a fondo especial para obras comunales.”
Las Asambleas dice el art 35 “serán ordinarias y extraordinarias y sus resoluciones quedarán obligatorias para las minorías presentes o ausentes, siempre si la Asamblea está legalmente constituida”.
El Consejo de la  “Sociedad Agrícola Israelita” en el ejercicio de 1917/18 estuvo compuesto por los siguientes miembros:
Presidente, B. Tolcachier; Vice, M. Singer; Secretario, Y. Efrón; Tesorero, S. Kohn; Vocales: H.
Zentner, S. Vaisberg, B. Arcusín, L. Perman, Y. Najamkin, H. Hurovitz, T. Kesselman; Síndicos: J. Enbon, S. Hurovitz, S. Kaplan.
El libro 50 años de la Colonización Judía en la Argentina cita que: “en 1907 el gobierno aprobó los estatutos de la cooperativa agrícola  arriba mencionada (Primera Sociedad Israelita Agrícola, o simplemente Verein)  la que contaba a la sazón con 200 socios, su nombre primitivo “Sociedad  Agrícola Israelita”, tuvo que ser cambiado posteriormente - una vez promulgada la ley de cooperativas, que no admite distinciones raciales o religiosas - por el de “Sociedad Agrícola Lucienville”.

 Fuentes:
 “Las Cooperativas de la Provincia de Entre Ríos.”(Paraná- Año 1921)
“50 Años de Colonización Judía en la Argentina- Delegación de Asociaciones Israelitas Argentinas (D.A.I.A.) Buenos Aires (1939)
“Fondo Comunal” - Cincuenta Años de su vida - (1904-1954) -Año 1957. (Retrato que ilustra este articulo Baron Mauricio de Hirsch Gereuth, fundador de la Jewish Colonization Association -J.C.A.-
 “Historia de Entre Ríos (1520-1910) por Leoncio Gianello- Ministerio de Educación- Dirección de Cultura- Biblioteca Entrerriana “General Perón”-Serie Historia -III - Provincia de Entre Ríos- Paraná (1951).
“Historia de Villa Domínguez”. (1890-1940)-Cooperativismo y Cultura- Celia Gladys López de Borche- Segunda Edición Ampliada- Editorial de Entre Ríos- Año 1987. 

*Téc. Sup. en Cooperativismo

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