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18/2/18

Cooperativa “La Agrícola Israelita” o “Verein” (Basavilbaso F. C. E. R.)

Por Ricardo César Bazán*

David M. Merener cita que: “La Colonización Judía -obra del filántropo Barón Mauricio de Hirsch, con la empresa constituida al efecto, la “Jewish Colonization Association”- se ha iniciado a fines del siglo anterior con el asentamiento de productores de origen judío emigrados de Rusia, Polonia, Rumania, etc., logrando colonizar en el país una extensión de 617.468 hectáreas, de cuyo total, 231.334 hectáreas han sido colonizadas en Entre Ríos.”
Dice Leoncio Gianello en su libro Historia de Entre Ríos (1520-1910) que: “En agosto de 1900 se fundó en Lucienville, departamento Uruguay, la primera cooperativa agrícola, dándose origen al extraordinario movimiento cooperativo que tiene en nuestra provincia magnífica expresión, colocándola a la vanguardia del cooperativismo en la Argentina”.
Cuenta el compendio de 1921 “Las Cooperativas de la Provincia de Entre Ríos”que “El día 12 de Agosto de 1900 en la casa particular del señor M. Embon ubicada en la Aldea Nº 1 de Basavilbaso se fundó la cooperativa”.
Fueron sus fundadores: M. Embon, E. Zetner, M.Friedlander, M. A. Blejer, G. Kopp, Adolfo Finvardl, Z. Fridman, M. A. Freiberg, A. Braslavsky, M. Hurvitz, M. Singer, Schae Sereloff, S. Fdeidemberg, Aron Visacovsky y M. Kossoy.
Su acta de fundación reza lo siguiente: “Acta de la Asamblea General de fecha 12 de Agosto de 1900- “Con el objeto de formar una Sociedad Cooperativa se han reunido en la Colonia Novoberg Nº 1 (hoy Lucienville) en la casa del señor Moroje Embon los colonos del Nº 1 y 2 de las colonias de I.C.A. señores E. Zetner, M. Fridlander, M. A. Blejer, Y. Ropp, A. Finvarb, Z. Fridman, M.A. Freiberg, A.R. Braslavsky, E. Embon, H. Huruvitz, F. Seretrize, Schae Huruvitz, M. Singer, Schae Seveloff, S. Freidemberg, A. Visacovsky, M.Kosay, N. Numirovsky”.
Por indicación varios miembros de la asamblea son designados los señores N. Numirovsky como presidente y A. Braslavsky como secretario para dirigir las discusiones de la asamblea que tenía por objeto discutir y aprobar los estatutos elaborados. Los señores Numirovsky y Braslavsky ocupan la mesa directiva y se pasa a la discusión de los estatutos los cuales han sido aprobados.
Acto seguido se procede a la elección de las autoridades que resultan las siguientes: “Presidente, M. Fridlander; Vice Presidente, E. Zentner; Secretario, A. Braslavsky; Pro Secretario, M. Kosay; Cajero, S. Freidemberg; Vocales: M. Singer, M. A. Blejer; Sindico, N. Numirosvky”.
El origen de sus fundadores fueron vecinos residentes en la Aldea Nº 1 y 2 de la colonia Lucienville en Basavilbaso, centro principal de la colonización israelita de la “Jewish Colonization”. El radio de acción de la cooperativa abarcaba aproximadamente ocho leguas a la redonda y su zona de influencia alcanzaba a las estaciones ferroviarias Basavilbaso, Líbaros, Gilbert y Escriña. Los cultivos que fomenta son los de tártago o ricino, debido a la escasez del aceite de ricino indispensable para lubricar los motores de aeroplanos y dada las excelentes condiciones naturales de las colonias de la Jewis para el cultivo.
El perfeccionamiento del cultivo cerealero no se descuida y es así que año por año se canjea o compra semilla selecta que se reparte entre los asociados. Mereciendo por parte de la cooperativa una atención especial la avena y la cebada.
El girasol era utilizado por los colonos como alimento una vez tostado y aún crudo, se empleaba también para las aves domésticas que lo comían avidamente.

Los beneficios de la cooperación
Los beneficios que recibían los socios era en la maquinaria con una bonificación en su favor de un 22%, incluso el descuento del 5% por pagos hechos al contado, es decir, un beneficio del 27% del total.
Edificio histórico de la Cooperativa
Las bolsas, hilo y varios artículos de corralón los recibían al precio de costo, según el año, con un recargo establecido en el estatuto de un 3% mas flete.
Dice el compendio de 1921 que “en cuanto a los consumos de primera necesidad, es según los balances desde su fundación a la fecha del 6% sobre los precios. Este beneficio se liquida no sobre las acciones sino en proporción al consumo hecho por cada uno.”
Esta sección consumos se fundo recién en 1919.
En cuanto a los socios propietarios y arrendatarios, del total de los socios un 15 % eran propietarios y el resto tenía una promesa de venta de la Jewish Colonizatión de manera que podían considerarse como propietarios por hallarse definitivamente afincados.
Continua diciendo el compendio antes mencionado que las secciones que comprendían la cooperativa eran las siguientes: “’Ramos generales’ para la recolección de la cosecha, que el año ppdo. tuvo un monto de 50.000 pesos m/n. ‘Almacén y consumos’, iniciado el año pasado ha tenido un movimiento de 40.000 pesos m/n. ‘Arrendamientos de campos’, para hijos de colonos socios y para aquellos que no tienen tierra donde trabajar. A esta sección se le adjudicado la suma de 6.000 pesos anuales. ‘Sección de arbitrages’; de carácter más bien moral. Entiende en todo asunto o cuestión suscitada entre los socios o vecinos de la gran colonia ‘Lucienville’. La misión tutelar que desempeña ha venido más de una vez a resolver cuestiones serias evitando así los tramites interminables y enojosos de la justicia. ‘Sección cereales’, que compra y vende por cuenta exclusiva de los socios. Las compras se hacen puramente para semilla a efecto de mejorar los cultivos. Las ventas se hacen previa entrega de los cereales a la cooperativa que los enagena en las condiciones más ventajosas posibles. Esta sección tiene un movimiento anual de 200.000 pesos m/n”.
Todas estas secciones se fueron fundando paulatinamente a medida que las necesidades de los socios lo exigían.
El compendio consultado cuenta la historia de los estatutos. Dice que: “los primeros estatutos que se dieron los socios establecían como condición especial el aporte en ‘caja de ahorros’ la suma de diez pesos m/n, hasta cubrir el total de cincuenta pesos m/n; en cuyo momento terminaba su aporte”.
Notada la falta de un capital social con el cuál pudiera  la sociedad afrontar todos sus gastos y hacer operaciones necesarias en ayuda de sus miembros resolvió reformar los estatutos de manera que llenara las necesidades de los mismos. Las reformas tuvieron lugar en el año 1916.
Continúa diciendo el compendio de 1921. “Primeros estatutos. Damos a continuación una copia de este reglamento que constituye la piedra angular del cooperativismo agrario en Entre Ríos.

“Acta de aprobación de los Estatutos de la Sociedad Agrícola Israelita.
 “El día 20 de Agosto del año 1906 los colonos de la Jewish Colonizatión Associatión, reunidos en la Asamblea en el pueblo de Basavilbaso, Colonia Lucienville, Departamento Uruguay, ractifican en todo su conjunto el acta de fundación de la Sociedad  Agrícola Israelita y aprueban de común acuerdo los Estatutos que a continuación se detallan:
“Nombre - Domicilio-Fines y denominación de la Sociedad
“Art. 1º.-Se dará a la sociedad el nombre de ‘Sociedad Agrícola Israelita’.
“Art. 2º.- Su domicilio legal será en el pueblo Basavilbaso, Departamento Uruguay, Entre Ríos.
“Art. 3º.- Los fines que perseguirá la Sociedad Agrícola Israelita, serán:
“a) Adquirir conocimientos agrícolas mediante ensayos de diferentes cultivos y una vez obtenida la seguridad de las ventajas que aportarían el cultivo de tal o cuál planta, la Comisión Directiva se encargará de difundir esos conocimientos entre los colonos que fueran o no miembros.
“b) Arbitrar medios para la formación de una caja de ahorros y préstamos.
“c) Comprar toda clase de artículos juzgados necesarios por la Comisión Directiva y de proporcionarlos a sus miembros a precios ventajosos.
“Art. 4º.- El termino para la duración de la sociedad no tendrá limite, podrá ésta Sociedad tener una existencia asegurada, si por lo menos el diez por ciento de sus miembros así lo exigiesen.
“En su art. 5º dice que los miembros podían ser honorarios, activos y protectores, el art. 6º decía que son miembros activos solamente los colonos y todos los que están al servicio de la “Jewish Colonizatión Associatión”, y su art. 7º agregaba que “Aquellos que no reúnan esas condiciones pero que por actuación de la Sociedad pueden traer alguna utilidad para sus miembros, sobre todo en cuestiones agrícolas se les podrá aceptar como miembros protectores”.
Su art. 17 º especifica que “La sociedad será administrada por una Comisión Directiva, compuesta de un Presidente, un Vice, un Secretario, un Segundo Secretario, Tesorero y dos vocales”.
Continua diciendo el compendio: “Los nuevos Estatutos. Como dijimos antes este reglamento fue modificado en la forma siguiente:
“Constitución - Domicilio y Objeto
“Art. 1º .-Bajo la denominación de “Sociedad Agrícola Israelita”se constituye una Sociedad Agrícola Cooperativa limitada que será regida por las disposiciones de los presentes Estatutos y por los del Código de Comercio en todo aquello que no hubiera sido previsto en los mismos.
“Art. 2º.- El domicilio legal será en la Estación Basvilbaso, Colonia Lucienville, Departamento de Uruguay, Provincia de Entre Ríos.
“Art. 3º.-La duración de la Sociedad queda fijada en 30 años a contar de la fecha en que el S. Gobierno de la Provincia aprobará los presentes Estatutos pudiendo prorrogarse este plazo por determinación de una Asamblea General y de acuerdo en las formalidades de la ley.
“Art. 4º.-La Sociedad tiene por objeto:
“a) Facilitar las operaciones a créditos a los Socios.
“b) Adquirir para los socios instrumentos agrícolas, maquinarias, bolsas e hilos y otros artículos relacionados con la industria agropecuaria.
“c) Adquirir harina como artículos de consumo y venderlos únicamente al contado.
“d) Recibir en los depósitos de la Sociedad e intervenir en facilitar la venta de cereales y demás productos agrícolas de los socios.
“e) Recibir depósito en Caja de Ahorros.
“f) Procurar para los beneficios de la Sociedad el apoyo de las reparticiones de Estado, Ferrocarriles, Bancos y otros institutos que directa o indirectamente pueden propender a la más fácil y eficaz realización de los fines de la Sociedad.
“g) Relacionarse y solidarizarse con otros institutos similares.
“h) La Sociedad no podrá ocuparse con asuntos que no lleven el carácter financiero o comercial.
“Art. 5º.- Sección Seguros:
2a) La Sociedad cuando crea conveniente puede organizar una caja de Seguros contra el granizo o incendio de las parvas.
“b) El fondo de Seguros estará formado exclusivamente de la acumulación de las primas.
“c) La Sociedad no responde con su capital Social por los daños y siniestro.
“d) Dichos fondos deben depositarse en un Banco a nombre de la “Sociedad Agrícola Israelita”con el fin exclusivo de indemnizar a los siniestrados.
“e) La Sociedad cobra una comisión de 3% sobre la suma asegurada cada año.
“De las utilidades en su art. 29 establecía lo siguiente: “El neto de las ganancias líquidas del ejercicio anual presentado a la Asamblea General se adjudicará en forma siguiente:
“a) El 40% para los socios accionistas.
“b) El 40% para fondo de reserva.
“c) El 20% a fondo especial para obras comunales.”
Las Asambleas dice el art 35 “serán ordinarias y extraordinarias y sus resoluciones quedarán obligatorias para las minorías presentes o ausentes, siempre si la Asamblea está legalmente constituida”.
El Consejo de la  “Sociedad Agrícola Israelita” en el ejercicio de 1917/18 estuvo compuesto por los siguientes miembros:
Presidente, B. Tolcachier; Vice, M. Singer; Secretario, Y. Efrón; Tesorero, S. Kohn; Vocales: H.
Zentner, S. Vaisberg, B. Arcusín, L. Perman, Y. Najamkin, H. Hurovitz, T. Kesselman; Síndicos: J. Enbon, S. Hurovitz, S. Kaplan.
El libro 50 años de la Colonización Judía en la Argentina cita que: “en 1907 el gobierno aprobó los estatutos de la cooperativa agrícola  arriba mencionada (Primera Sociedad Israelita Agrícola, o simplemente Verein)  la que contaba a la sazón con 200 socios, su nombre primitivo “Sociedad  Agrícola Israelita”, tuvo que ser cambiado posteriormente - una vez promulgada la ley de cooperativas, que no admite distinciones raciales o religiosas - por el de “Sociedad Agrícola Lucienville”.

 Fuentes:
 “Las Cooperativas de la Provincia de Entre Ríos.”(Paraná- Año 1921)
“50 Años de Colonización Judía en la Argentina- Delegación de Asociaciones Israelitas Argentinas (D.A.I.A.) Buenos Aires (1939)
“Fondo Comunal” - Cincuenta Años de su vida - (1904-1954) -Año 1957. (Retrato que ilustra este articulo Baron Mauricio de Hirsch Gereuth, fundador de la Jewish Colonization Association -J.C.A.-
 “Historia de Entre Ríos (1520-1910) por Leoncio Gianello- Ministerio de Educación- Dirección de Cultura- Biblioteca Entrerriana “General Perón”-Serie Historia -III - Provincia de Entre Ríos- Paraná (1951).
“Historia de Villa Domínguez”. (1890-1940)-Cooperativismo y Cultura- Celia Gladys López de Borche- Segunda Edición Ampliada- Editorial de Entre Ríos- Año 1987. 

*Téc. Sup. en Cooperativismo

14/8/13

No solo de pan vive el hombre. También se nutre de la cooperación

 Por Ricardo César Bazán
 Tec. Sup. en Cooperativismo, Periodista – Investigador

Como reza el título de este articulo “No solo de pan vive el hombre”, también se nutre de la cooperación”, parece ser que  así lo entendieron los hombres por estas tierras. En El libro de la Nueva Alianza se  hace mención al pan,  dice sobre el mismo en “La primera comunidad cristiana”: “Todos se reunían asiduamente para escuchar la enseñanza de los Apóstoles y participar de la vida en común, en la fracción del pan (...) más adelante continua diciendo:”Todos los creyentes se mantenían unidos y ponían lo suyo en común” (...).
El pan es nombrado también en “La institución de la Eucaristía” y dice así: “Mientras comían, Jesús tomo el pan, pronuncio la bendición, lo partió y lo dio a sus discípulos” (...)
 Jesús hace mención a la preparación del pan en “La parábola de la levadura” “Digo también: “¿Con que podré comparar el reino de Dios?  Se parece a un poco de la levadura que una mujer mezcló con gran cantidad de harina, hasta que fermentó toda la masa”.
También se nombra al pan en La multiplicación de los panes.
En 1855 en Paraná “Cuna de la Cooperación Argentina”, se fundó la primera Empresa Panadera Cooperativista  del país, el Dr. César Blas Pérez Colman en su libro Paraná 1810 - 1860 “Los primeros cincuenta años de la vida nacional” publicado en el año 1946 dice en la página 425: “Para terminar agregaremos que en 1858 se estableció en Paraná una importante fábrica de cerveza, que giraba bajo la razón  social de Martínez y Rivero. Ese mismo año empezó a funcionar  una panadería cooperativa, que contaba con numerosos asociados”
En nuestra investigación encontramos en los archivos del Dr. Oscar R. Tavani Pérez Colman , en la Hemeroteca del Congreso de la Nación y en  Archivo General de la Nación Argentina , publicaciones de la época donde está documentada la existencia de la misma, en el periódico El Nacional Argentino hay un aviso que dice : “Asociación Panadería Del Pueblo”- Los Sres. accionistas se servirán pasar por la casa del Sr. Subiaur, tesorero de la asociación á recibir el dividendo de las utilidades que resultaron según balance del 2º trimestre del 4º periodo administrativo que se dio cuenta en 18 de julio último á la Asamblea General - Paraná 20 de Octubre de 1858.
En la Hemeroteca del Congreso de la Nación hay una publicación del periódico antes mencionado en donde encontramos que esta empresa cooperativa realizaba sus asambleas en el Club Socialista el mismo estaba situado en calle Urquiza , sitio que  podríamos ubicar aproximadamente en el predio  que  ocupan actualmente el Banco Credicoop y la Cooperativa Institucional.
En Buenos Aires en el año 1887 cita Julio César de la Vega (Diccionario Consultor Político) que “los miembros del Club “Vorwarts”, de orientación socialista fundan una cooperativa panadera que funcionó hasta 1896” (...).
 Hemos encontrado también que en el año 1891 en Gualeguaychú se fundó una Cooperativa de Panaderos, los estatutos de este emprendimiento cooperativo se encuentran en el Fondo Gobierno del Archivo de la Provincia de Entre, el mismo reza:”Copia del Acta de instalación de la Sociedad Cooperativa de Panadería. En la ciudad de Gualeguaychu, a los catorce días del mes de junio y año del Señor de mil ochocientos noventa y uno, reunidos los accionistas que al margen se suscriben, en el local denominado Teatro 1º de Mayo á fin de constituir definitivamente la Sociedad Cooperativa de Panadería y nombrar su directorio efectivo se procedió a nombrar un presidente y secretario had-hoc recayendo en las personas de Dn Belisario Ruiz y Dn Pedro M. Obispo respectivamente, en los estatutos de la cooperativa en su art. 1º dice: “Se constituye una sociedad anónima bajo la denominación Sociedad COOPERATIVA DE PANADERÍA cuyos objetos son los siguientes: 1º Establecer panaderías en esta ciudad para el expendio de este articulo á los asociados y demás clientela que el establecimiento adquiera” (...)
Antiguo horno de pan
En Rosario en el año 1889 (Revista del instituto de la cooperación-Tomo Y-1974 -pág. 21) cita que la ciudad vivía una difícil situación social y dice: “...la situación de la municipalidad “rosarina es critica” y la de su vecindario- agregamos nosotros-peor, a tal punto que el 21 de octubre de 1890 hubo de otorgarse un subsidio para la “Comida de Pobres” (...).”En el país del trigo, el más apremiante problema a resolver era, pues, el de poner el pan al alcance de los humildes y, en la ciudad de Rosario tomo cuerpo la idea de constituir una cooperativa destinada a aliviar las consecuencias del dramático trance. A tal efecto, el 26 de setiembre de 1889, tuvo lugar una reunión de vecinos pertenecientes a los círculos mercantiles y profesionales con el objeto de constituir una sociedad “Cooperativa de Panaderías”, con un capital de 500.000 pesos, en dos series de acciones de 25 pesos”(...).
La obra antes mencionada cita que “En 1889, fue, según dijimos, un grupo rosarino de la clase media el que intentó organizar una “Cooperativa de Panaderías”, sin lograr un buen éxito a su propósito; en cambio, son los propios obreros rosarinos quienes, en una reacción espontanea contra los abusos de los comerciantes, organizan con buen resultado la cooperativa “Panadería de trabajadores”, (...) Fundada el 5 de Abril de 1904, siguiendo el modelo de Rochdale” (...).”Los iniciadores de la “Panadería de Trabajadores” eran operarios del ferrocarril “Buenos Aires y Rosario (...) Las reuniones preparatorias se realizaron bajo la dirección de Juan Borzone, un hojalatero ferroviario, en una modesta casita de madera situada en la calle Jorge Canning, entre Junín y la avenida Alberdi, y la asamblea constitutiva fue convocada para la fecha ya mencionada: 5 de abril de 1904. El acto se realizo con asistencia de 65 obreros y empleados ferroviarios, uno de los cuales -José Ojeda - dio lectura a un modelo de estatuto que había recibido del Dr. Juan B. Justo” (...)
El pan alimento presente en la mesa del rico como del pobre llego desde los comienzo de nuestra Patria de la mano de la Solidaridad entre los Hombres, porque entendieron que no solo de pan vive el hombre sino también que era necesario elaborarlo y ponerlo al alcance de todos a través del sistema cooperativo.

Fuentes:
Archivos del Dr. Oscar Ricardo Tavani Pérez Colman- El Libro de la Nueva Alianza- Diccionario Consultor Político- Revista del Instituto de la Cooperación- Hemeroteca del Congreso de la Nación  Argentina- Archivo General de la Nación Argentina -



21/6/11

Día Internacional de la Cooperación. Una propuesta argentina

Por Ricardo César Bazán*
El primer sábado de julio (desde 1923) se celebra en todo el mundo el día internacional de la cooperación. La conmemoración de este día inicialmente surge en la Republica Argentina, en el 1º Congreso de la cooperación llevado a cabo en la ciudad de Buenos Aires bajo los auspicios del Museo Social Argentino de la Capital Federal, dicho evento tuvo lugar en el salón Augusteo (12 a 17 de Octubre de 1919), la iniciativa es del cooperativista argentino Don Domingo Borea.

La comisión organizadora de dicho congreso estaba integrada por:
Dr. Eleodoro Lobos, presidente (mas tarde el Dr. Juan José Díaz Arana); Dr. Emilio Lahitte, vicepresidente; Dr. Domingo Bórea, secretario; Dr. Eduardo Crespo, tesorero; Ing. Tomás Amadeo, Dr. Jorge Lavalle Cobo, Dr. Alfredo Palacios, Dr. Felipe Senillosa, Dr. Enrique Uriburu, como vocales.
El congreso tenia por objeto el estudio de: 1) Legislación sobre cooperativas, 2) La cooperación y la producción, 3) La cooperación y el consumo, 4) La cooperación y el crédito, 5) La cooperación y el seguro, 6)Cooperativas agrícolas, 7) Sindicatos profesionales.
Adhirieron al mismo: 79 cooperativas de todo el país, que fueron representadas por 104 delegados; 53 instituciones y reparticiones públicas, por 69 delegados, y hubo 111 adhesiones particulares.
La sesión inaugural del Congreso tuvo lugar el domingo 12 de octubre a las 10 horas, abrió el acto el presidente Museo Social Argentino, doctor Enrique Ruiz Guiñazu, y el presidente de la Comisión Organizadora del Congreso, Dr. Juan José Díaz Arana.
La resolución de dicho Congreso decía: “El Congreso de la cooperación considerando que la obra de los probos pionners de Rochdale representa el principio práctico y concreto de las aplicaciones de la doctrina cooperativista, indica a la Alianza Cooperativa Internacional y a las confederaciones de Cooperativas del Orbe, la conveniencia de resolver que se fije el 21 de diciembre (aniversario del comienzo de las operaciones de la Sociedad de Rochdale) para celebrar anualmente, en el universo, la Fiesta de la Cooperación”.
José Agustín Cáceres cita en el Manual sobre Cooperativismo Escolar del año 1961 que: “La Alianza Cooperativa Internacional con sede en Londres hizo suyo el voto del Congreso, pero cambió la fecha y el nombre de la celebración. En vez del 21 de Diciembre adoptó el primer sábado del mes de julio; y en vez de fiesta de la cooperación, lo llamó día de la cooperación. Con ello no altero su espíritu y su honda significación”. 
Es importante destacar que al congreso de la cooperación realizado en Buenos Aires participo una delegación de Fondo Comunal de Villa Domínguez (Entre Ríos), la misma estaba constituida por M. Kipen, M. Sajaroff e Y. Kaplan, en los debates se destacaron los delegados de Fondo Comunal M. Kipen y M. Sajaroff, al delegado Kipen le cupo el honor de ser uno de los presidentes de dicho congreso.
En el año 1934 se instituye el “día de la cooperación de la provincia” (Entre Ríos),consta en la Memoria del Ministerio de Hacienda, Justicia E Y. Publica (Pcia. de Entre Ríos) presentada a las Honorables Cámaras Legislativas por el Ministro Dr. Bernardino C. Horne, lleva por fecha el 1 de Junio de 1934, y en sus considerandos expresa: “Que es necesario difundir la idea cooperativista ya que con ella, a la vez que se coordina la vida de los hombres, se da solución a diversos problemas del individuo aisladamente no puede resolver, especialmente los que se vinculan a la producción, como el de la comercialización de los productos y el de las industrias propias.
Que convencido de ello el P.E. viene desarrollando una acción intensa para aumentar las cooperativas y fortificar las existentes, por medio del control y la orientación.
Que de la misma manera ha propiciado la reorganización de la “Federación de Cooperativas de Entre Ríos” que termina de constituirse y se ha incorporado a los programas de todas las escuelas de la Provincia la enseñanza del cooperativismo.
Que por recomendación de la “Alianza Cooperativa Internacional” el primer sábado del mes de julio, es la fiesta de la cooperación, consagrada universalmente para demostrar “la solidaridad de los cooperadores y la eficacia de su organización como medio de emancipación económica y garantía de fax universal” Manifiesto de la Alianza 1923.
Que concorde con esas ideas, para difusión de las mismas y en adhesión a la fiesta de los cooperadores, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA ACUERDA Y RESUELVE: 1º.- Declárase feriado y “día de la Cooperación” en la Provincia de Entre Ríos, el primer sábado del mes de julio de cada año a contar desde el corriente.
2º.- En las escuelas dependientes del Poder Ejecutivo se darán conferencias sobre cooperativismo en ese día y se solicitará la adopción de igual medida para las que dependen del H. Consejo de Educación”.
ETCHEVEHERE
B. C. Horne.
La provincia de Entre Ríos en el año 1950 (11 de Octubre)sanciona con fuerza de ley la Enseñanza del Cooperativismo Ley Nº 3662 (Decreto Nº 3711 M. E., Exp. 15-4-1675-Nº 9923) en la que implementa la enseñanza obligatoria del cooperativismo en todos los establecimientos educacionales de la provincia en su art. 1º e instituye el segundo domingo mes de septiembre de cada año como “día de la Cooperación” y la doctrina cooperativista, en el art. 14 decía : Institúyese con carácter permanente el Premio “Cooperativismo Escolar”, el que consistirá en un subsidio único que anualmente fijará el Poder Ejecutivo, para ser otorgado el “día de la Cooperación” a la “Cooperativa Escolar de Consumo” que de acuerdo al informe de la Comisión Central, se haya destacado por su organización, eficiencia y el empeño de sus integrantes, en esos años era gobernador de la provincia de Entre Ríos Don Ramón A. Albariño y presidente de la Republica Argentina Don Juan Domingo Perón.
En el año 1951 la Alianza Cooperativa Internacional traslada la celebración del día de la cooperación al segundo domingo de Septiembre, mas posteriormente se realizo un plebiscito entre las organizaciones centrales de todos los países y se restableció a partir del año 1953, como fecha celebratoria y definitiva, el primer sábado de julio de cada año.
 *Tec. Sup. en Cooperativismo

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