2/6/26

La reforma constitucional de 1949 en Entre Ríos

Rubén I. Bourlot


En 1949 se reformó integralmente la Constitución de la provincia, adhiriendo a los principios de la Constitución Nacional que había sido reformada en marzo de ese año por una convención reunida en Buenos Aires que incorporó el reconocimiento de derechos sociales y nuevas funciones del Estado en el marco del lo que se conoce como constitucionalismo social. En la convención reformadora nacional tuvo un destacado papel el constitucionalista Arturo Sampay, oriundo de Concordia. Fue quién sentó las bases de la filosofía jurídica de la justicia social incorporada al nuevo texto constitucional. 

En nuevo texto de la constitución provincial fue sancionado el 3 de Junio de 1949 y el jurado del 30 de junio. 

Entre las principales disposiciones incorporadas por la reforma se cuentan el reconocimiento de los derechos del trabajador, la familia, la ancianidad, la educación y la cultura, y la función social de la propiedad privada. 

Reconocía el derecho de la familia rural a la propiedad de la tierra que cultivaba. Establecía que los servicios públicos pertenecían originalmente a la provincia y a las municipalidades, sin que pudiera ser enajenada su explotación. Respecto de la educación disponía que debía ser gratuita, obligatoria y democrática (eliminó la educación laica introducida en 1883). 

Creó el Ministerio de Educación. En lo instrumental, amplió el mandato del gobernador, del vicegobernador, de senadores y de diputados a seis años. 

Se dejaron sin efecto los artículos del 216 al 223 de la constitución de 1933.  

En el contexto del golpe de estado que derrocó el gobierno nacional de Juan Domingo Perón en 1955 el gobierno de facto anuló la reforma. 



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