Rubén I. Bourlot
El 29 de abril de 1849, durante la gobernación de Justo José de Urquiza, se sancionó una nueva ley de aduanas que venía a modificar la ley vigente desde 1836.
Eran
tiempos heroicos. Las provincias tenían pocas posibilidades de recaudar para
mantener su estructura estatal. Las aduanas que cada provincia tenía para sí,
independientes de la aduana del puerto de Buenos Aires, eran casi las únicas fuentes
de recursos. Pero esos aranceles aduaneros no solo servían para recaudar. Eran
mecanismos de política económica para fomentar determinadas producciones y
protegerlas de la competencia externa que desde Europa venían industrializadas,
abaratadas con la mano de obra proletaria que trabajaban a cambio de magros
salarios.
Así
fue como en la gobernación de Pascual Echagüe, y en consonancia con la política
de protección de las producciones locales llevada a cabo por el encargado de la
Confederación Juan Manuel de Rosas, en Entre Ríos se sancionó una ley para
regular el régimen tarifario. En ese momento (1836) la principal preocupación
de las autoridades provinciales era el despoblamiento del campo con la
liquidación del ganado vacuno que se destinaba de manera indiscriminada a la
exportación. En esa ley se fijaron derechos diferenciales para favorecer a la
industria local, estableciendo aranceles a la importación de manufacturas que
competían con esa producción. Se gravó la extracción de ganado vacuno. Se
prohibió el ingreso de algunos rubros como ropa confeccionada, sillas de
montar, bolas, lazos, sombreros, harinas, licores de diverso tipo y una extensa
lista. Si se podían fabricar en la provincia o el país para qué comprarlo
afuera. Una lógica que los aprendices de economistas que suelen poblar hoy las
pantallas de la televisión no explican con esa sencillez.
El
acatamiento a esas medidas no fue para nada pacífico. Hubo descontentos por
parte de provincias vecinas que se vieron obligadas a pagar aranceles para
introducir su productos en la provincia, como fueron las protestas del
gobernador santafesino Estanislao López preocupado por los recargos que se
aplicaban a la introducción de trigo y a la venta de vacunos a Santa Fe.
La
puesta en vigencia de la ley dio como resultado el desarrollo de algunas
industrias como fue la novedosa fábrica de grasa de yeguarizos introducida por
Enrique Hocker, la reactivación de la producción lanera y la instalación de
saladeros en Concordia y Gualeguaychú, entre otras.
La nueva ley de aduanas
En
1949, bajo el gobierno de Urquiza, una nueva ley de aduanas con un fuerte sesgo
proteccionista sustituye a la anterior, modificando el cuadro arancelario. Respecto
de la importación, establecía que todo artículo extranjero pagaría por todo
derecho el 12% ad valorem. En tanto los
aguardientes, cañas, y demás licores -productos que no eran imprescindibles
para el desarrollo de la provincia- fueron gravados con el 35%. Los vinos
pagarían el 18%. En cuanto a los frutos y manufacturas procedentes de las provincias
de la Confederación Argentina, su introducción era gravada con el 6% ad valorem. Los vinos pagarían el 7% y
los aguardientes en general, el 15%.
Con el
objeto de fomentar la industria local se rebajaron los aranceles a insumos como
sal, tablas y cajones, elementos que se utilizaban en la industria saladeril, las
máquinas, pipas vacías, duelas, flejes para arcos, pólvora ordinaria para los
trabajos de las caleras, herramientas para establecimientos, libros de
instrucción, instrumentos de agricultura, ciencias y artes; debiendo los
introductores de estos últimos artículos, acreditar que eran para uso
particular.
Por
otra parte quedaba absolutamente prohibida la introducción en el territorio de
Entre Ríos de trigos, harinas, galletas, frutas y legumbres, si procedían de
países extranjeros.
En
otro orden que no tenía relación con la política económica, se prohibía la
introducción de libros contrarios a la religión católica, apostólica, romana,
así como los que tengan láminas indecentes y ofensivas al pudor, cuadros y
pinturas de esta misma clase.
En lo
referente a la exportación, se establecían los distintos derechos que deberían
pagar los productos locales al salir del territorio de la provincia.
El
único efecto cuya exportación se declaraba libre de todo derecho era la carne
salada, lo que no implicó ninguna variante con el régimen aduanero anterior. En
cambio, quedaba absolutamente prohibida la extracción del oro y plata en moneda
sellada para países extranjeros; y para las provincias hermanas se permitía
bajo de fianza, la que se levantará acreditando su introducción.
Poenitz,
Erich L. W. Edgar, (1978). “La restauración del sosiego público. El gobierno
del general Pascual Echagüe (1832-1841)”, en Enciclopedia de Entre Ríos, Arozena
Editores, T. II, Paraná.
Recopilación
de leyes, decretos y acuerdos de Entre Ríos, Tomo V (1842-1849).
Urquiza
Almandoz, Oscar F. (1878). Historia económica y social de Entre Ríos (1600 –
1854), Banco Unido del Litoral, Bs. As.

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